Ley 17.732

CONCEDE BONIFICACION COMPENSATORIA FAMILIAR POR EL ALZA DE LAS TARIFAS DE LOCOMOCION Y DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS A LOS TRABAJADORES QUE INDICA

Article

Article 2

Article 3

Article 4o- El financiamiento de esta ley se efectuará, con cargo a los mayores rendimientos que produzcan, en el presente año, las disposiciones tributarias vigentes

Article 5o- Tendrán derecho al aguinaldo extraordinario de Fiestas Patrias de E° 700, establecido en el artículo 1

Article 6o- Concédese un nuevo plazo de quince días, a contar de la fecha de vigencia de esta ley, para que el Presidente de la República ejerza la facultad que le otorgó el artículo 60 de la ley número 17