Ley 17.801

MODIFICA LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL

Article

Article 2Créanse en la Planta del Personal de la Biblioteca del Congreso Nacional los siguientes cargos:

Article 3Créase en la Planta del Personal de la Biblioteca del Congreso Nacional, el siguiente escalafón con los cargos y sueldos bases anuales que se indican:

Article 4El Bibliotecario Jefe jerárquicamente está subordinado al Director y es su subrogante legal

Article 5

Article 6Los Subjefes de Hemeroteca y de Información y Referencias Bibliográficas dependerán directamente del Bibliotecario Jefe

Article 7

Article 8

Article 9

Article 10

Article 11Los cargos de "Catalogadores Auxiliares" se proveerán por concurso interno de acuerdo a las normas vigentes en la Biblioteca

Article 12

Article 13Para el único efecto del artículo 7° de la ley N° 12

Article 14

Article 15

Article 16La creación del cargo de Bibliotecario Jefe no afectará el derecho a los beneficios que contempla el artículo 132 del DFL

Article 17Los Jefes de las Secciones Ciencias Políticas Sociales y Económicas, y de Control dependerán directamente del Director

Article 18

Article 19Las disposiciones de la presente ley comenzarán a regir desde el 1° de enero de 1973

Article El cargo de Director será servido por el actual titular del cargo de Bibliotecario Jefe de la Oficina