CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA NORMA GONZALEZ M., A SUS HIJOS MENORES; A DOÑA ELBA ALMONACID Y A SUS HERMANOS MENORES EN LA FORMA QUE INDICA
Article 3
In force · version of Feb 10, 1973
Artículo 3.- Concédese, por gracia, una pensión de tres cuartos de sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, a cada uno de los hijos de Roberto Almonacid, hasta que cumplan 18 años de edad o 23, si siguieran estudios que les habiliten para obtener un título profesional. La limitación de edad no regirá para Elba Almonacid, en tanto esté al cuidado de sus hermanos menores y se desempeñe como jefe del hogar familiar.