Ley 17.931

INTRODUCE A LA LEY N° 16.752, MODIFICADA POR LA LEY N° 17.351, LAS MODIFICACIONES QUE SEÑALA

Article

Article 2

Article 3Agrégase al inciso tercero del artículo 3° de la ley N° 17

Article 4La Dirección General de Aeronáutica Civil deberá informar a la Dirección General de Reclutamiento y Estadística acerca de las armas y elementos señalados en el artículo 3° de la ley N° 17

Article 5

Article 6

Article 7La Oficina Meteorológica de Chile se denominará en adelante Dirección Meteorológica de Chile, y su Jefe, Director

Article

Article 2Facúltase al Presidente de la República para refundir en un solo texto las disposiciones de la ley N° 16

Article 3