Ley 19.067

ESTABLECE NORMAS PERMANENTES SOBRE ENTRADA DE TROPAS EXTRANJERAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA Y SALIDA DE TROPAS NACIONALES DEL MISMO

TÍTULO I. TÍTULO I

Article 1La entrada de tropas extranjeras en el

Article 2Si la entrada obedece a la celebración

Article 3No se regirán por las normas de esta

TÍTULO II. TÍTULO II

Sección 1. PÁRRAFO 1° NORMAS GENERALES SOBRE

Article 4La salida de tropas nacionales fuera

Article 5Si la salida a que se refiere el

Article 6Las tropas nacionales, sin perjuicio de

Sección 2. PÁRRAFO 2°

Article 7La salida de tropas nacionales del

Article 8Para efectos de lo dispuesto en este

Article 9El Presidente de la República

Article 10El Senado analizará la solicitud del

Article 11Transcurrido el plazo de un año desde

Article 12La participación de tropas nacionales

Article 13Durante el período en que tropas

Article 14Cuando la salida de tropas nacionales

Article 15El Presidente de la República podrá

Article 16El Presidente de la República podrá

Article 17Las autorizaciones que se otorguen en

Article 18Sin perjuicio de lo dispuesto en los

Article 19Los decretos supremos y las resoluciones

Article 20Para los efectos de esta ley, se