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In force Ley 82 units

CREA LA DEFENSORIA PENAL PUBLICA

Ley 19.718cl-law-2001-03-10-19718Jan 12, 2023

Defensoría Penal PúblicaLey no. 19.718

  1. Article 1 Créase un servicio público,
  2. Article 2 La Defensoría tiene por finalidad
  3. Article 3 El Servicio tendrá su domicilio y sede
  4. TÍTULO II. TITULO II
  5. Article 4 La Defensoría se organizará en una
  6. Sección 2. Párrafo 2°
  7. Article 5 El Defensor Nacional es el jefe
  8. Article 6 Para ser nombrado Defensor Nacional, se
  9. Article 7 Corresponderá al Defensor Nacional:
  10. Article 8 La Defensoría contará con las
  11. Article 9 Un Director Administrativo Nacional
  12. Article 10 El Defensor Nacional será subrogado por
  13. Sección 3. Párrafo 3°
  14. Article 11 El Consejo de Licitaciones de la Defensa
  15. Article 12 El Consejo estará integrado por:
  16. Article 13 Los miembros del Consejo a que se
  17. Article 14 Corresponderá al Presidente del
  18. Article 15 El Consejo sesionará ordinariamente dos
  19. Sección 4. Párrafo 4°
  20. Article 16 La Defensoría Regional es la encargada
  21. Article 17 Existirá una Defensoría Regional en
  22. Article 18 La Defensoría Regional estará a cargo
  23. Article 19 Para ser Defensor Regional, se requiere:
  24. Article 20 Corresponderá al Defensor Regional:
  25. Article 21 Cada Defensoría Regional tendrá las
  26. Article 22 El Defensor Regional determinará
  27. Sección 5. Párrafo 5°
  28. Article 23 Las Defensorías Locales son unidades
  29. Article 24 La ubicación de las Defensorías
  30. Article 25 Los defensores locales podrán ejercer
  31. Article 26 Para ser defensor local, se requiere:
  32. TÍTULO III. TITULO III
  33. Article 27 El personal de la Defensoría estará
  34. Article 28 Fíjase la siguiente planta de personal
  35. Article 29 Para el ingreso y promoción en las
  36. Article 30 Las promociones a los cargos vacantes de
  37. Article 31 Los defensores locales serán
  38. Article 32 En materia de remuneraciones, el
  39. Article 33 Concédese al personal de planta y a
  40. TÍTULO IV. TITULO IV
  41. Article 34 El patrimonio de la Defensoría estará
  42. TÍTULO V. TITULO V
  43. Sección 1. Párrafo 1°
  44. Article 35 Son beneficiarios de la defensa penal
  45. Article 36 La defensa penal pública será siempre
  46. Article 37 Para el caso previsto en el inciso
  47. Article 38 La Defensoría Regional determinará el
  48. Article 39 La resolución que dicte el Defensor
  49. Sección 2. Párrafo 2°
  50. Article 40 Los abogados que presten defensa penal
  51. Article 41 Designado, el defensor penal público no
  52. Sección 3. Párrafo 3°
  53. Article 42 La selección de las personas jurídicas
  54. Article 43 La convocatoria a concurso público
  55. Article 44 Podrán participar en la licitación:
  56. Article 45 La licitación será resuelta a nivel
  57. Article 46 La licitación se resolverá conforme a
  58. Article 47 La decisión del concurso será pública
  59. Article 48 El Comité de Adjudicación Regional
  60. Article 49 En caso de que la licitación sea
  61. Article 50 Los contratos a que dé lugar una
  62. Sección 4. Párrafo 4°
  63. Article 51 La Defensoría Regional elaborará una
  64. Article 52 El imputado o acusado elegirá de la
  65. Article 53 El imputado o acusado tendrá derecho a
  66. Article 54 Se entenderá, por el solo ministerio de
  67. TÍTULO VI. TITULO VI
  68. Sección 1. Párrafo 1°
  69. Article 55 Las personas naturales y jurídicas que
  70. Article 56 El desempeño de los defensores locales
  71. Sección 2. Párrafo 2°
  72. Article 57 Las inspecciones de las defensorías
  73. Article 58 Durante la inspección, se podrán
  74. Article 59 Al término de cada inspección, se
  75. Article 60 Las auditorías externas tendrán lugar
  76. Article 61 Durante las inspecciones y auditorías
  77. Sección 3. Párrafo 3°
  78. Article 62 Los defensores locales, los abogados y
  79. Article 63 Los informes semestrales deberán
  80. Article 64 Las personas naturales y jurídicas que
  81. Article 65 Los informes a que se refieren los
  82. Sección 4. Párrafo 4°
  83. Article 66 Las reclamaciones de los beneficiarios
  84. Article 67 El Defensor Nacional conocerá de las
  85. Sección 5. Párrafo 5°
  86. Article 68 Los defensores locales están sujetos a
  87. Article 69 Asimismo, sin perjuicio de su
  88. Article 70 Las sanciones que podrá aplicarse
  89. Article 71 Las multas se aplicarán en los casos
  90. Article 72 La terminación del contrato se
  91. Article 73 Las resoluciones del Defensor Nacional
  92. Article 74 Las sanciones aplicadas a los
  93. TÍTULO VII. TITULO VII
  94. Article 75 Introdúcense las siguientes
  95. Article 76 A la Defensoría Penal Pública no le
  96. Article 1 El primer miembro del Consejo de
  97. Article 2 Modifícase el artículo 6°
  98. Article 3 La primera provisión de todos los
  99. Article 4 Las promociones en los cargos de las
  100. Article 5 El cumplimiento de los programas de
  101. Article 6 El mayor gasto fiscal que represente la