🇨🇱 Chile
In force Ley 82 units
CREA LA DEFENSORIA PENAL PUBLICA
Ley 19.718cl-law-2001-03-10-19718Jan 12, 2023
- Article 1 Créase un servicio público,
- Article 2 La Defensoría tiene por finalidad
- Article 3 El Servicio tendrá su domicilio y sede
- TÍTULO II. TITULO II
- Article 4 La Defensoría se organizará en una
- Sección 2. Párrafo 2°
- Article 5 El Defensor Nacional es el jefe
- Article 6 Para ser nombrado Defensor Nacional, se
- Article 7 Corresponderá al Defensor Nacional:
- Article 8 La Defensoría contará con las
- Article 9 Un Director Administrativo Nacional
- Article 10 El Defensor Nacional será subrogado por
- Sección 3. Párrafo 3°
- Article 11 El Consejo de Licitaciones de la Defensa
- Article 12 El Consejo estará integrado por:
- Article 13 Los miembros del Consejo a que se
- Article 14 Corresponderá al Presidente del
- Article 15 El Consejo sesionará ordinariamente dos
- Sección 4. Párrafo 4°
- Article 16 La Defensoría Regional es la encargada
- Article 17 Existirá una Defensoría Regional en
- Article 18 La Defensoría Regional estará a cargo
- Article 19 Para ser Defensor Regional, se requiere:
- Article 20 Corresponderá al Defensor Regional:
- Article 21 Cada Defensoría Regional tendrá las
- Article 22 El Defensor Regional determinará
- Sección 5. Párrafo 5°
- Article 23 Las Defensorías Locales son unidades
- Article 24 La ubicación de las Defensorías
- Article 25 Los defensores locales podrán ejercer
- Article 26 Para ser defensor local, se requiere:
- TÍTULO III. TITULO III
- Article 27 El personal de la Defensoría estará
- Article 28 Fíjase la siguiente planta de personal
- Article 29 Para el ingreso y promoción en las
- Article 30 Las promociones a los cargos vacantes de
- Article 31 Los defensores locales serán
- Article 32 En materia de remuneraciones, el
- Article 33 Concédese al personal de planta y a
- TÍTULO IV. TITULO IV
- Article 34 El patrimonio de la Defensoría estará
- TÍTULO V. TITULO V
- Sección 1. Párrafo 1°
- Article 35 Son beneficiarios de la defensa penal
- Article 36 La defensa penal pública será siempre
- Article 37 Para el caso previsto en el inciso
- Article 38 La Defensoría Regional determinará el
- Article 39 La resolución que dicte el Defensor
- Sección 2. Párrafo 2°
- Article 40 Los abogados que presten defensa penal
- Article 41 Designado, el defensor penal público no
- Sección 3. Párrafo 3°
- Article 42 La selección de las personas jurídicas
- Article 43 La convocatoria a concurso público
- Article 44 Podrán participar en la licitación:
- Article 45 La licitación será resuelta a nivel
- Article 46 La licitación se resolverá conforme a
- Article 47 La decisión del concurso será pública
- Article 48 El Comité de Adjudicación Regional
- Article 49 En caso de que la licitación sea
- Article 50 Los contratos a que dé lugar una
- Sección 4. Párrafo 4°
- Article 51 La Defensoría Regional elaborará una
- Article 52 El imputado o acusado elegirá de la
- Article 53 El imputado o acusado tendrá derecho a
- Article 54 Se entenderá, por el solo ministerio de
- TÍTULO VI. TITULO VI
- Sección 1. Párrafo 1°
- Article 55 Las personas naturales y jurídicas que
- Article 56 El desempeño de los defensores locales
- Sección 2. Párrafo 2°
- Article 57 Las inspecciones de las defensorías
- Article 58 Durante la inspección, se podrán
- Article 59 Al término de cada inspección, se
- Article 60 Las auditorías externas tendrán lugar
- Article 61 Durante las inspecciones y auditorías
- Sección 3. Párrafo 3°
- Article 62 Los defensores locales, los abogados y
- Article 63 Los informes semestrales deberán
- Article 64 Las personas naturales y jurídicas que
- Article 65 Los informes a que se refieren los
- Sección 4. Párrafo 4°
- Article 66 Las reclamaciones de los beneficiarios
- Article 67 El Defensor Nacional conocerá de las
- Sección 5. Párrafo 5°
- Article 68 Los defensores locales están sujetos a
- Article 69 Asimismo, sin perjuicio de su
- Article 70 Las sanciones que podrá aplicarse
- Article 71 Las multas se aplicarán en los casos
- Article 72 La terminación del contrato se
- Article 73 Las resoluciones del Defensor Nacional
- Article 74 Las sanciones aplicadas a los
- TÍTULO VII. TITULO VII
- Article 75 Introdúcense las siguientes
- Article 76 A la Defensoría Penal Pública no le
- Article 1 El primer miembro del Consejo de
- Article 2 Modifícase el artículo 6°
- Article 3 La primera provisión de todos los
- Article 4 Las promociones en los cargos de las
- Article 5 El cumplimiento de los programas de
- Article 6 El mayor gasto fiscal que represente la