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LEY MARCO DE CIBERSEGURIDAD

Ley 21.663cl-law-2024-04-08-21663Apr 8, 2024

CiberseguridadOrganismos EstatalesOrganismos del EstadoAgencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI)

  1. Article 1 Objeto
  2. Article 2 Definiciones
  3. Article 3 Principios rectores
  4. TÍTULO II. TÍTULO II
  5. Sección 1. Párrafo 1°
  6. Article 4 Ámbito de aplicación
  7. Article 5 Operadores de importancia vital
  8. Article 6 Procedimiento de calificación de los operadores de importancia vital
  9. Sección 2. Párrafo 2°
  10. Article 7 Deberes generales
  11. Article 8 Deberes específicos de los operadores de importancia vital
  12. Article 9 Deber de reportar
  13. TÍTULO III. TÍTULO III
  14. Sección 1. Párrafo 1°
  15. Article 10 Agencia Nacional de Ciberseguridad
  16. Article 11 Atribuciones
  17. Sección 2. Párrafo 2°
  18. Article 12 Dirección de la Agencia
  19. Article 13 Subdirección
  20. Article 14 Atribuciones del Director o Directora Nacional
  21. Article 15 Del patrimonio de la Agencia
  22. Article 16 Nombramiento de autoridades
  23. Article 17 Del personal de la Agencia
  24. Article 18 Prohibiciones e inhabilidades
  25. Article 19 Notificación responsable de vulnerabilidades
  26. Sección 3. Párrafo 3°
  27. Article 20 Consejo Multisectorial sobre Ciberseguridad
  28. Article 21 Funcionamiento del Consejo
  29. Article 22 De las causales de cesación
  30. Sección 4. Párrafo 4°
  31. Article 23 Red de Conectividad Segura del Estado
  32. Sección 5. Párrafo 5°
  33. Article 24 Equipo Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática
  34. TÍTULO IV. TÍTULO IV
  35. Article 25 Coordinación regulatoria
  36. Article 26 Normativa sectorial
  37. Article 27 Incidentes de efecto significativo
  38. Article 28 Centros de Certificación
  39. TÍTULO V. TÍTULO V
  40. Article 29 Equipo de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática de la Defensa Nacional
  41. Article 30 De las funciones del CSIRT de la Defensa Nacional
  42. Article 31 De los Equipos de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática Institucionales de la Defensa Nacional
  43. Article 32 Deber de reporte al CSIRT de la Defensa Nacional
  44. TÍTULO VI. TÍTULO VI
  45. Article 33 De la reserva de información
  46. Article 34 Extensión de la obligación de reserva
  47. Article 35 Deber de reserva de la Agencia
  48. Article 36 Sanciones
  49. TÍTULO VII. TÍTULO VII
  50. Article 37 Competencia de la autoridad sectorial
  51. Article 38 Infracciones
  52. Article 39 De las infracciones de los operadores de importancia vital
  53. Article 40 De las sanciones
  54. Article 41 Procedimiento simplificado
  55. Article 42 Procedimiento administrativo sancionador
  56. Article 43 De los recursos
  57. Article 44 Forma de pago de las multas
  58. Article 45 Pronto pago
  59. Article 46 Procedimiento de reclamación judicial
  60. Article 47 Responsabilidad administrativa del jefe superior del organismo de la Administración del Estado
  61. TÍTULO VIII. TÍTULO VIII
  62. Article 48 Comité Interministerial sobre Ciberseguridad
  63. Article 49 De los integrantes del Comité
  64. Article 50 De la Secretaría Ejecutiva
  65. Article 51 De la información reservada
  66. Article 52 Del reglamento
  67. TÍTULO IX. TÍTULO IX
  68. Article 53 Regímenes especiales
  69. TÍTULO X. TÍTULO X
  70. Article 54 Incorpórase, en el artículo 25 de la ley N° 20
  71. Article 55 Introdúcense las siguientes enmiendas en la ley N° 21
  72. Article primero Entrada en vigencia y personal
  73. Article segundo El Presidente de la República, sin sujetarse a lo dispuesto en el Título VI de la ley Nº 19
  74. Article tercero
  75. Article cuarto Dentro del plazo de ciento ochenta días posteriores a la publicación de la ley, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberá expedir los reglamentos señalados en esta ley
  76. Article quinto Renovación de los miembros del Consejo Multisectorial sobre Ciberseguridad
  77. Article sexto