Ley 21.819

MODIFICA LA LEY N° 21.040 Y OTROS CUERPOS LEGALES, FORTALECIENDO LA GESTIÓN EDUCATIVA Y MEJORANDO LAS NORMAS SOBRE ADMINISTRACIÓN E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Article 1

Article 2Agrégase en la ley N° 19

Article 3Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21

Article 4

Article primeroEntrada en vigencia de la ley

Article segundoEntrada en vigencia de las modificaciones al Plan de Transición

Article terceroEntrada en vigencia del Comité de Ministros para el Sistema de Educación Pública

Article cuartoEntrada en vigencia de las modificaciones a los instrumentos de gestión

Article quintoEntrada en vigencia de modificaciones a las instancias de participación local

Article sextoEntrada en vigencia de reglamentos

Article séptimoVigencia de convenios de transición

Article octavoCréase en la planta de Directivos, Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley N° 19

Article novenoReglamento que regula el procedimiento de pago y reintegro de la deuda municipal

Article décimoLa designación de los integrantes del Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo séptimo transitorio de la ley N° 21

Article

Article El plazo de ciento veinte días para solicitar la regularización de inmuebles, establecido en el inciso tercero del artículo vigésimo tercero bis transitorio de la ley N° 21

Article

Article

Article

Article El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a la partida del Ministerio de Educación