DECRETO CON FUERZA DE LEY NUMERO 33
Article 72En caso de existir dudas acerca de sí los sitios que se vendan o se arrienden, quedan o no comprendidos por las disposiciones de los arts
In force · version of Apr 8, 1931
Art. 72. En caso de existir dudas acerca de sí los sitios que se vendan o se arrienden, quedan o no comprendidos por las disposiciones de los arts. 48 y 55, la cuestión será resuelta por la Junta Central de la Habitación Popular, previo informe de la Municipalidad respectiva.