Aprueba Ley sobre Tránsito Público
Article 10
In force · version of Jun 29, 1931
Art. 10. Las Municipalidades de las comunas cabeceras de departamentos situados a gran distancia de la ciudad cabecera de la provincia respectiva, podrán otorgar permisos de competencia para manejar vehículos de tracción mecánica dentro del departamento, previa autorización del Intendente de la Provincia, y con sujeción a los requisitos que determine el reglamento general de la presente ley. Antes de conceder la autorización, el Intendente oirá al Director Provincial del Tránsito.