DFL 83

INCORPORA A LOS FERROCARRILES DEL ESTADO LOS;FERROCARRILES FISCALES QUE SE INDICAN

Article 1o Incorpóranse a la Empresa de los Ferrocarriles del Estadio los siguientes ferrocarriles fiscales:

Article 2

Article 3

Article 4

Article 5

Article 6

Article 7o El Ferrocarril Militar de Puente Alto al Volcán no quedará comprendido en la disposición del artículo 1

Article Mientras se dicta el reglamento orgánico que fije los detalles de la administración de la Empresa con los nuevos servicios que se le incorporan, conforme al artículo 2

Article El presente decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial