ESTABLECE LA ORGANIZACION Y FIJA LAS ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS DEPENDIENTES
Article 30La aceptación o rechazo de las propuestas públicas que excedan de treinta millones de pesos, deberá efectuarse por decreto supremo
In force · version of Aug 3, 1953
Artículo 30. La aceptación o rechazo de las propuestas públicas que excedan de treinta millones de pesos, deberá efectuarse por decreto supremo.