APRUEBA EL TEXTO DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS
Article 61
In force · version of Aug 31, 1959
Artículo 61.o La solicitud de permisos para que las líneas eléctricas destinadas a servicio privado no sujetas a concesión puedan cruzar calles, caminos, ríos, acueductos, canales marítimos, líneas férreas y otras líneas eléctricas, deberán presentarse a la Dirección. En la solicitud se indicará la ubicación y características del cruce, y las vías, líneas y obras existentes que sean afectadas por el cruce. Se agregará a la solicitud un plano general del cruce y planos de detalle de las estructuras con que se realizará el cruce.