APRUEBA LA LEY ORGANICA DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Article 34
This law no longer applies (Repealed).
Artículo 34.o Los Receptores estarán obligados a cumplir gratuitamente las diligencias que les encomiende el Presidente del Consejo o los Abogados Procuradores Fiscales, salvo el reembolso de los gastos en que incurran.