FIJA LA LEY ORGANICA DE LA DIRECCION DEL TRABAJO
Article 2o La Dirección del Trabajo se dividirá en
In force · version of Sep 29, 1967
Artículo 2.o La Dirección del Trabajo se dividirá en seis Departamentos que se denominarán: a) Departamento Jurídico; b) Departamento de Inspección; c) Departamento de Conflictos Colectivos, Sueldos y Salarios; d) Departamento de Organizaciones Sociales; e) Departamento del Empleo y de la Mano de Obra, y f) Departamento Administrativo.