CREA DIRECCION DE TURISMO
Article 21
In force · version of Apr 6, 1960
Artículo 21.o La Subsecretaría de Transportes, la Dirección de Producción Agraria y Pesquera, el Departamento de Conservación de Recursos Agrícolas y Forestales, y el Consejo de Monumentos Nacionales tramitarán preferentemente las denuncias formuladas por la Dirección de Turismo.