MODIFICA PLANTAS DE SERVICIOS MENORES DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL DE TRANSPORTES Y DEPARTAMENTOS DEPENDIENTES
Article 8
In force · version of Jun 11, 1973
Artículo 8º.- El personal de Planta como a jornal que se encontraba en funciones al 31 de Diciembre de 1969 y que se encasille en las nuevas plantas tendrá derecho a percibir los beneficios establecidos en el artículo 1º, inciso 2º, de la ley Nº 16.840 y sus modificaciones posteriores.