FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Article 83El dueño del acueducto podrá impedir
In force · version of Mar 2, 2026
ARTICULO 83°- El dueño del acueducto podrá impedir toda plantación u obra nueva en el espacio lateral a que se refiere el artículo anterior. Podrá además, reforzar los bordes del canal sin perjudicar el predio sirviente.