APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY DE HACIENDA Nº 213, DE 1953, SOBRE ORDENANZA DE ADUANAS
Article 43Las mercancías introducidas al DFL Hacienda 1/97
In force · version of Sep 17, 2025
Artículo 43.- Las mercancías introducidas al DFL Hacienda 1/97 territorio nacional deberán ser trasladadas y entregadas en Art. 51 un lugar habilitado, con excepción de las que se encuentren a bordo de naves o aeronaves que hagan escala en el territorio nacional. Las mercancías sólo podrán ser embarcadas, desembarcadas o transbordadas en las zonas primarias.