FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE MINERIA, DE 1982, LEY GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS, EN MATERIA DE ENERGIA ELECTRICA
Article 3Se establece el plazo de un año a
In force · version of Feb 13, 2026
Artículo 3°.- Se establece el plazo de un año a contar del 13 de septiembre de 1982, para que las empresas distribuidoras regularicen la situación de sus concesiones respecto de las instalaciones indicadas en el artículo 2° transitorio precedente. Dentro de ese plazo las empresas distribuidoras deberán solicitar las ampliaciones que deseen en su zona de concesión respecto del mínimo definido en el artículo 30°.