FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005
Article 25El nivel de educación básica regular tendrá
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Art. 25. El nivel de educación básica regular tendrá una duración de seis años y el nivel de educación media Ley Nº 20.370 Art. regular tendrá una duración de seis años, cuatro de los 25 D.O. 12.09.2009 cuales, en el segundo caso, serán de formación general y los dos finales de formación diferenciada. La educación parvularia no tendrá una duración obligatoria. Tratándose de las modalidades educativas, el Presidente de la República, por decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, podrá autorizar estudios de menor o mayor duración, los que deberán contar con la aprobación del Consejo Nacional de Educación.