🇨🇱 Chile
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FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005
DFL 2cl-legislative-decree-2010-07-02-2Feb 11, 2026
- Article 1 La presente ley regula los derechos y
- Article 2 La educación es el proceso de aprendizaje
- Article 3 El sistema educativo chileno se construye
- Article 4 La educación es un derecho de todas las
- Article 5 Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar
- Article 6 Es deber del Estado propender a asegurar una
- Article 7 El Ministerio de Educación y la Agencia de
- Article 8 El Estado tiene el deber de resguardar la
- Article 9 La comunidad educativa es una agrupación de
- Article 10 Sin perjuicio de los derechos y deberes que
- Article 10 bis Prohíbese el uso de dispositivos
- Article 10 ter Para efectos de lo dispuesto en esta
- Article 10 quater El Estado desarrollará acciones
- Article 11 El embarazo, la maternidad y la paternidad en
- Article 12 En los procesos de admisión de los
- Article 13 Sin perjuicio de lo señalado en el artículo
- Article 14 Realizado un proceso de admisión, conforme a
- Article 15 Los establecimientos educacionales promoverán
- Article 16 Las infracciones a lo dispuesto en los
- Article 16 a Se entenderá por buena convivencia
- Article 16 b Se entenderá por acoso escolar toda
- Article 16 c Los alumnos, alumnas, padres, madres,
- Article 16 d Revestirá especial gravedad cualquier
- Article 16 e El personal directivo, docente,
- Article 17 La educación formal o regular está
- Article 18 La educación parvularia es el nivel educativo
- Article 19 La educación básica es el nivel educacional
- Article 20 La educación media es el nivel educacional
- Article 21 La educación superior es aquella que tiene
- Article 22 Son modalidades educativas aquellas opciones
- Article 23 La educación especial o diferencial es la
- Article 24 La educación de adultos es la modalidad
- Article 25 El nivel de educación básica regular tendrá
- Article 26 La educación parvularia no exige requisitos
- Article 27 La edad mínima para el ingreso a la
- Article 28 Sin que constituya un antecedente obligatorio
- Article 29 La educación básica tendrá como objetivos
- Article 30 La educación media tendrá como objetivos
- Article 31 Corresponderá al Presidente de la República,
- Article 32 Corresponderá al Ministerio de Educación,
- Article 33 El Ministerio de Educación creará un banco
- Article 34 En el caso de la educación especial o
- Article 35 El Ministerio de Educación podrá proponer,
- Article 36 Por decreto supremo, expedido a través del
- Article 37 Le corresponderá a la Agencia de Calidad de
- Article 38 Le corresponderá a la Agencia de Calidad de
- Article 39 Los establecimientos de los niveles de
- Article 40 Los establecimientos reconocidos oficialmente Ley Nº 20
- Article 41 Por decreto supremo, expedido a través del
- Article 42 La licencia de educación media permitirá
- Article 43 El Ministerio de Educación otorgará el
- Article
- Article 45 El reconocimiento oficial del Estado es el
- Article 46 El Ministerio de Educación reconocerá
- Article 46 bis Excepcionalmente, la Subsecretaría
- Article 47 El establecimiento educacional que opte al
- Article 48 El reconocimiento oficial se hará por
- Article 49 El Ministerio de Educación llevará un
- Article 50 La Superintendencia de Educación será el
- Article 51 Los establecimientos de educación de las
- Article 51 bis Sin perjuicio de sus demás facultades, las
- Article 52 El Estado reconocerá oficialmente a las
- Article 53 Las universidades, los institutos
- Article 54 Los establecimientos de educación superior
- Article 55 Las universidades que no sean creadas por ley,
- Article 56 Los estatutos de las universidades deberán
- Article 57 Las universidades gozarán de personalidad
- Article 58 El Ministerio de Educación no podrá negar el
- Article 59 Procederá asimismo, la cancelación de la
- Article 60 Las modificaciones de los estatutos, aprobadas
- Article 61 Las nuevas universidades se entenderán
- Article 62 Una vez certificado el cumplimiento de los
- Article 63 Las nuevas universidades deberán iniciar sus
- Article 64 Por decreto supremo fundado del Ministerio de Ley Nº 18
- Article 65 La sanción de cancelación de la personalidad Ley Nº 18
- Article 66 La universidad se disolverá en la forma
- Article 67 Los institutos profesionales que no sean
- Article 68 Los institutos profesionales para solicitar el Ley Nº 18
- Article 69 El Ministerio no podrá negar el registro de
- Article 70 Procederá asimismo, la eliminación del
- Article 71 Las modificaciones del instrumento
- Article
- Article 73 El Ministerio de Educación deberá, en un
- Article 74 Por decreto supremo fundado del Ministerio de Ley Nº 18
- Article 75 Los centros de formación técnica que no sean
- Article
- Article 77 El Ministerio no podrá negar el registro de
- Article 78 Las modificaciones del instrumento
- Article 79 Los centros de formación técnica se
- Article 80 El Ministerio de Educación deberá, en un
- Article 81 Por decreto supremo fundado del Ministerio de Ley Nº 18
- Article 82 Los establecimientos de educación superior de
- Article 83 Las Academias de Guerra de las Fuerzas
- Article 84 Las Escuelas de Armas y Especialidades de las Ley Nº 18
- Article 84 bis La Escuela de Gendarmería de Chile
- Article
- Article 86 Serán funciones del Consejo, en materia de Ley Nº 20
- Article 87 Serán funciones del Consejo, en materia de
- Article 88 El Consejo estará compuesto por diez
- Article
- Article 90 Habrá un Secretario Ejecutivo del Consejo,
- Article 91 El Consejo tendrá una Secretaría Técnica
- Article
- Article
- Article 94 Todo miembro del Consejo respecto del cual se Ley Nº 20
- Article 95 El patrimonio del Consejo estará formado por: Ley Nº 20
- Article 96 Anualmente se fijarán, por acuerdo del
- Article 97 El licenciamiento comprende la aprobación del Ley Nº 20
- Article
- Article
- Article 100 Las universidades, institutos profesionales y Ley Nº 20
- Article
- Article
- Article
- Article 104 Se entiende por autonomía el derecho de cada Ley Nº 18
- Article
- Article 106 La autonomía y la libertad académica no
- Article
- Article
- Article
- Article 110 Las universidades e institutos profesionales Ley Nº 18
- Article 111 Las universidades e institutos profesionales
- Article
- Article
- Article 114 Derogado
- Article 1 Los sostenedores de establecimientos
- Article 2 Los sostenedores de establecimientos
- Article 3 Los sostenedores de establecimientos Ley Nº 20
- Article 4 Los sostenedores de establecimientos Ley Nº 20
- Article
- Article 6 Los decretos supremos Nº 40, de 1996; Nº
- Article 7 Con el objeto de permitir la renovación
- Article
- Article 9 Tratándose de establecimientos educacionales Ley Nº 20
- Article 10 En tanto no entren en vigencia las normas que Ley Nº 20
- Article 11 Lo dispuesto en el inciso segundo del
- Article 12 Lo dispuesto en el artículo 10 bis