FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005
Article 84 bisLa Escuela de Gendarmería de Chile
In force · version of Feb 11, 2026
Artículo 84 bis.- La Escuela de Gendarmería de Chile desarrolla actividades docentes, de investigación y extensión de nivel superior, cuyo objetivo fundamental es formar profesionales y técnicos con los conocimientos necesarios para el cumplimiento de las funciones institucionales que les encomienda la ley. En ese sentido, podrá otorgar títulos profesionales y técnicos de nivel superior propios de su quehacer, de acuerdo con la naturaleza de la enseñanza impartida y en el ámbito de su competencia. Los títulos técnicos de nivel superior y profesionales referidos en el inciso anterior serán equivalentes a los de similar carácter conferidos por los demás establecimientos de educación superior y reconocidos como tales para todos los efectos legales.