FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº18.700, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS
Article
In force · version of Oct 23, 2025
Ley N°18.700, art. Artículo 67.- El voto sólo será emitido por cada 61, D.O. 06.05.1988 elector en un acto secreto y sin presión alguna. Para asegurar su independencia, los miembros de la mesa receptora, los apoderados y la autoridad, cuidarán de que los electores lleguen a la mesa y accedan a la cámara secreta sin que nadie los acompañe. Si un elector acu diere acompañado a sufragar, Ley N°19.823, art. desoyendo la advertencia que le hiciere el presidente, por 1, N°2, D.O. sí o a petición de cualquiera de las personas señaladas 04.09.2002 en el inciso anterior, éste, sin perjuicio de admitir su sufragio, hará que el elector y el o los acompañantes sean conducidos ante la fuerza encargada del orden público. La simple compañía es causal suficiente para la detención, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder en caso de existir delito de cohecho. Con todo, las perso nas con alguna discapacidad que les Ley N°20.183, art. impida o dificulte ejercer el derecho de sufragio, podrán único, N°1 a), ser acompañadas hasta la mesa por otra persona que sea D.O. 08.06.2007 mayor de edad, y estarán facultadas para optar por ser asistidas en el acto de votar. En caso de duda respecto de la naturaleza de la discapacidad del sufragante, el presidente consultará a los vocales para adoptar su decisión final. En caso que op ten por ser asistidas, las personas con Ley N°20.183, art. discapacidad comunicarán verbalmente, por lenguaje de único, N°1 b), señas o por escrito al presidente de la mesa, que una D.O. 08.06.2007 persona de su confianza, mayor de edad y sin distinción de Ley N°20.568, art. sexo, ingresará con ella a la cámara secreta, no pudiendo segundo, N° 30, aquél ni ninguna otra persona obstaculizar o dificultar el D.O. 31.01.2012 ejercicio del derecho a ser asistido. El secretario de la mesa dejará constancia en acta del hecho del sufragio asistido y de la identidad del sufragante y su asistente. En ningún caso una misma persona podrá asistir a más de un elector en la misma mesa receptora de sufragios, salvo que se trate de ascendientes o descendientes.