ESTABLECE ESTATUTO DE PERSONAL DE CARÁCTER ESPECIAL DE LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO
Article 41Los funcionarios de la Comisión podrán
In force · version of Dec 31, 2020
Artículo 41.- Los funcionarios de la Comisión podrán ser designados por el Presidente en comisión de servicios para el desempeño de funciones ajenas al cargo, en la propia institución o en otro servicio público, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. En caso alguno, estas comisiones podrán significar el desempeño de funciones de inferior jerarquía a las del cargo o ajenas a los conocimientos que éste requiere o a la Comisión.