Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales.
Article 36
In force · version of Jul 1, 2021
Artículo 36.
1. El Decreto de declaración de «Zona de peligro» señalará los auxilios que puedan obtener los propietarios afectados a que se refiere el artículo 35 anterior, indicando la modalidad de los mismos.
2. Tales beneficios podrán consistir en créditos, subvenciones, prestaciones de material y asistencia técnica.
Se deroga por el art. 4 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5037.
Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.