Ley 2/2014

Decreto-ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para la aplicación en las Illes Balears de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Preamble Preámbulo

Article 1Competencias propias de las entidades locales

Article 2Delegación de competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a las entidades locales de las Illes Balears

Article 3Ejercicio de las competencias de las entidades locales distintas a las propias o a las atribuidas por delegación

Article 4Informe de inexistencia de duplicidades

Article 5Procedimiento para la emisión de los informes previos

Article 6Competencias que las entidades locales ejercían en materia de salud, servicios sociales, enseñanza e inspección sanitaria

Article 7Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación en los que se financien competencias delegadas

Article 8Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación en los que se financien competencias distintas a las propias y a las delegadas

Provision transitoria únicaRégimen transitorio del personal laboral propio de los consorcios

Provision final primeraRevisión

Provision final segundaEntrada en vigor