Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.
Provision adicional terceraRatio de personal del servicio de inspección en materia de servicios sociales
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Disposición adicional tercera. Ratio de personal del servicio de inspección en materia de servicios sociales.
El personal del servicio de inspección en materia de servicios sociales se incrementará progresivamente, hasta conseguir una ratio de un inspector o inspectora por cada 125.000 habitantes, en el plazo máximo de tres años.
Se modifica por el art. 66 de la Ley 7/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-1018