Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
Provision final cuartaModificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Se modifica el penúltimo párrafo del apartado 1 del artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que queda redactado como sigue: «Cuando estas subvenciones tuvieren varias anualidades, el instrumento de concesión deberá concretar si las cuantías anticipadas o a cuenta están referidas al importe total de la subvención o al importe de la anualidad corriente, en cuyo caso el pago de las cantidades anticipadas o a cuenta subsiguientes a la anualidad anterior estará supeditado a la justificación previa de las recibidas en aquella».