Orden PJC/439/2024, de 10 de mayo, por la que se crean y regulan Juntas de Contratación y Mesas de Contratación en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Article 5Creación y funciones de la Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Justicia
1. Se crea con carácter permanente la Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Justicia, adscrita a esa Secretaría de Estado.
2. La Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Justicia tendrá como función asistir a los órganos de contratación de esa Secretaría de Estado, ejerciendo las funciones establecidas en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y en sus normas de desarrollo, y en las disposiciones reglamentarias previas que resulten de aplicación.
3. La Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Justicia se reunirá cuando la convoque la persona que ostente la Presidencia, en atención a los expedientes de contratación que haya de conocer.
4. El funcionamiento de la Mesa de Contratación de la Secretaría de Estado de Justicia se regirá por lo dispuesto en esta orden y, en lo no contemplado en estas disposiciones, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y sus normas de desarrollo. Igualmente, serán de aplicación el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, y el Reglamento general de Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se opongan a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y los preceptos recogidos en el título preliminar, capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.