Orden CNU/462/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al "Programa Tecnológico Espacial" y al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país"), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTEs Aeroespacial y de Salud de Vanguardia) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 del "Programa Tecnológico Espacial".
Article 28Evaluación ex post
1. Con el fin de evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos de las ayudas previstas en esta orden, el CDTI podrá realizar, un análisis ex post del efecto de las actuaciones financiadas, a través de la recopilación de la información aportada por los beneficiarios y la agregada de cada convocatoria.
A tales efectos, los solicitantes, independientemente de que reciban o no la ayuda, podrán recibir cuestionarios en el momento de la solicitud y una vez transcurridos hasta seis años desde el cierre de la convocatoria. Por su parte, los beneficiarios, tras la finalización del proyecto o actuación, deberán cumplimentar junto con la documentación justificativa, un cuestionario sobre los resultados obtenidos. Este procedimiento de recopilación de información podrá repetirse transcurridos hasta tres años tras la finalización de la actuación subvencionada. La información recopilada se tratará de un modo agregado con el fin de construir los principales indicadores de resultados de cada convocatoria y elaborar un análisis estadístico detallado acerca de los efectos de esta.
2. El CDTI podrá realizar dicho análisis directamente o a través de personas u organismos externos.
3. Con el fin de lograr la mejora continua en el diseño y gestión de las ayudas del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación las conclusiones extraídas de los análisis ex post de las actuaciones reguladas en la presente orden podrán ser consideradas en el futuro para el diseño o modificación de las ayudas públicas.