Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del programa de ayudas "Bono Cultural Joven".
Article 10Comprobación de datos
1. Para la tramitación del procedimiento, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de las administraciones públicas, excepto que la entidad interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) Certificado de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
d) Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones con la Seguridad Social.
2. En el caso de que las entidades interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos cumplimentando el anexo II de esta orden.