Orden TRM/1019/2026, de 14 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a las sociedades de garantía recíproca que otorguen avales a empresas del sector del transporte por carretera para la adquisición de vehículos.
Article 4Obligaciones de los beneficiarios
1. Los beneficiarios deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Otorgar avales a favor de las empresas de transporte por carretera por una cuantía no inferior al ochocientos por ciento de la cantidad recibida, según lo establecido en el apartado 1 del artículo 9 y en el apartado 2 del artículo 10.
b) Los avales otorgados deberán estar destinados a la adquisición de vehículos destinados al transporte por carretera, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 10.
2. Asimismo, el beneficiario deberá cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las contenidas en esta orden, las que se determinen en la correspondiente convocatoria, las que figuren en la resolución de concesión de las ayudas y en las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente orden y de cada convocatoria, dicte el órgano concedente en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.
Adicionalmente, en el caso de no poder llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención, los beneficiarios deberán comunicar este hecho al órgano instructor establecido en el artículo 12 de esta orden en el momento en que se produzca la certeza de la no ejecución, procediendo a la devolución voluntaria del anticipo de la ayuda, en su caso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Características de las ayudas