Orden EFD/978/2026, de 14 de septiembre, por la que se crea y se regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Article 6Funciones del Pleno
El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Digital desempeñará las siguientes funciones:
a) Actuar como órgano de relación entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y sus organismos y entidades de derecho público adscritos y la Agencia, para asegurar la coordinación con los criterios y políticas definidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
b) Impulsar, ejecutar y supervisar, en el ámbito del departamento, el cumplimiento de las directrices y el seguimiento de las pautas de actuación desarrolladas de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, y en esta orden.
c) Promover la transformación digital, en el marco de las directrices propuestas por la Agencia y establecidas por la persona titular del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
d) Analizar las necesidades funcionales de las unidades de gestión del departamento y sus organismos adscritos y evaluar las distintas alternativas de solución propuestas por las unidades de tecnologías de la información y las comunicaciones, en adelante TIC, identificando las oportunidades de mejora de eficiencia que pueden aportar las TIC, aplicando soluciones ya desarrolladas en el ámbito del sector público y estimando costes en recursos humanos y materiales que los desarrollos TIC asociados puedan suponer.
e) Impulsar la digitalización de los servicios y procedimientos del departamento con el fin de homogeneizarlos, simplificarlos, mejorar su calidad y facilidad de uso, así como las prestaciones ofrecidas a los ciudadanos y empresas, optimizando la utilización de los recursos TIC disponibles.
f) Colaborar con la Agencia en la identificación de los medios humanos, materiales y económicos que estén adscritos al departamento y que pudieran ser susceptibles de participar en la consecución del objeto del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre. En particular informará, cuando sea preceptivo, en lo relativo a los artículos 2.1.d).2.º y 2.1.g) del Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, sobre el cálculo del impacto presupuestario en los gastos en medios o servicios de la Administración digital y en lo relativo al impacto que tendrá para la ciudadanía y para la Administración el desarrollo o uso de los medios y servicios de la Administración digital que conlleve la norma.
g) Estudiar y presentar al Comité de Estrategia TIC, a través de la Agencia, las propuestas del departamento de proyectos de interés prioritario, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
h) Informar a las unidades, organismos y entidades dependientes del departamento, representados en el Pleno, de las líneas estratégicas, políticas, procesos, arquitecturas, normas y buenas prácticas comunes en relación con las tecnologías de la información y las comunicaciones establecidas por la Agencia y otros órganos de gobernanza de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
i) Ejercer las actuaciones determinadas por la política de seguridad de la información del departamento.
j) Informar los proyectos de órdenes de creación de portales de internet de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
k) Recibir información periódica sobre los trabajos de actualización y mejora del portal de internet, sede electrónica asociada, otros sitios web del departamento y la intranet de este.
l) Elaborar y aprobar, en su caso, el Plan de acción del departamento para la transformación digital, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
m) Las competencias derivadas del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica que le atribuya, en su caso, la Política de Seguridad de la Información del departamento.
n) Cualquier otra función que le sea atribuida por la normativa aplicable.