Orden APA/1135/2026, de 19 de octubre, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, Intercun, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para la realización de acciones de fomento del consumo y mejora de la imagen de la carne de conejo y apoyo a la mejora de la producción, la competitividad, la vertebración, la transparencia y la internacionalización del sector, durante tres años.
Article 8Destino de los remanentes de recursos financieros
1. Si transcurridos los tres años de vigencia de la extensión de normas existiese un remanente de recursos procedentes de las aportaciones, deberá destinarse a financiar las actividades de la interprofesional previstas en la presente orden de extensión de normas o las que expresamente se recojan en una nueva extensión de normas con idénticas finalidades.
2. En caso de que no se produzca ninguno de los supuestos anteriores, se procederá a la liquidación del remanente, devolviéndolo en proporción a las cantidades aportadas en la última campaña, una vez queden liquidadas todas las obligaciones de la interprofesional.