Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores.
Article 2
In force · version of Dec 26, 2025
Artículo 2. Principio de unidad.
1. Cada Escuela Particular de Conductores, disponga o no de Secciones, constituye una unidad.
2. Se entiende por Sección toda sucursal de la Escuela matriz con la misma titularidad y denominación.
Se modifica por el art. 1.2 del Real Decreto 369/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5038