Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores.
Article 3
In force · version of Dec 26, 2025
Artículo 3. Elementos.
1. Toda Escuela deberá disponer de unos elementos personales y materiales mínimos para poder desarrollar sus funciones. Cada Sección o Sucursal de la Escuela deberá disponer a su vez de los elementos personas y materiales mínimos.
2. Los elementos personales mínimos son el titular, el director y el personal docente. Los elementos materiales mínimos están constituidos por los locales, los terrenos o zonas de prácticas, los vehículos y el material didáctico.
Se modifica por el art. 1.3 del Real Decreto 369/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5038