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Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado secundario oficial o en otro mercado regulado de la Unión Europea.

Real Decreto 1362/2007es-royal-decree-2007-10-19-1362Oct 20, 2007

Unión Europea

  1. Preamble Preámbulo Modified
  2. Article 1 Ámbito de aplicación Modified
  3. Article 2 Definición de Estado miembro de origen Modified
  4. Article 3 Estado miembro de acogida Modified
  5. Article 4 Publicación y difusión de la información regulada Modified
  6. Article 5 Mecanismo central de almacenamiento de la información regulada Modified
  7. Article 6 Control por la Comisión Nacional del Mercado de Valores de la información regulada Modified
  8. Article 7 Idioma de la información regulada Modified
  9. Article 8 Contenido del informe financiero anual y plazo para su remisión Modified
  10. Article 9 Principios contables aplicables a las cuentas anuales Modified
  11. Article 10 Responsabilidad del contenido y la publicación del informe financiero anual Modified
  12. Article 11 Contenido del informe financiero semestral y plazo para su remisión Modified
  13. Article 12 Principios contables de las cuentas anuales resumidas Modified
  14. Article 13 Contenido mínimo de las cuentas anuales resumidas no consolidadas Modified
  15. Article 14 Informe de auditoría Modified
  16. Article 15 Contenido del informe de gestión intermedio Modified
  17. Article 16 Diferencias entre el informe financiero anual y las informaciones financieras semestrales y/o intermedias Modified
  18. Article 17 Responsabilidad por el contenido y la publicación del informe financiero semestral Modified
  19. Article 18 Información a efectos estadísticos y plazo para su remisión Modified
  20. Article 19 Emisores obligados y plazo para la publicación de la declaración intermedia Modified
  21. Article 20 Contenido de la declaración intermedia Modified
  22. Article 21 Obligaciones de los emisores con domicilio social en un Estado no miembro de la Unión Europea Modified
  23. Article 22 Habilitación para la aprobación de modelos relativos a la información periódica Modified
  24. Article 23 Notificación por el accionista al emisor de la adquisición o cesión de participaciones significativas Modified
  25. Article 24 Notificación de la adquisición, transmisión o ejercicio de derechos de voto por otros sujetos obligados distintos del accionista Modified
  26. Article 25 Sujetos obligados a notificar en el caso de grupos Modified
  27. Article 26 Sociedades gestoras y empresas de servicios de inversión pertenecientes a un grupo Modified
  28. Article 27 Requisitos que deberá cumplir la entidad dominante de una sociedad gestora o empresa de servicios de inversión para no agregar las participaciones conforme a lo establecido en el artículo 26 Modified
  29. Article 28 Instrumentos financieros que confieran derecho a adquirir acciones ya emitidas que atribuyan derechos de voto o que tengan un efecto económico similar Modified
  30. Article 28 bis Notificación de las posiciones agregadas de derechos de voto Modified
  31. Article 29 Admisión por primera vez a negociación de las acciones del emisor Modified
  32. Article 30 Ampliaciones de capital y derechos de voto con cargo a reservas y otros supuestos Modified
  33. Article 31 Notificaciones de los administradores del emisor Modified
  34. Article 32 Sujetos obligados a notificar que tengan su residencia en un paraíso fiscal o en un país o territorio de nula tributación o con el que no exista efectivo intercambio de información tributaria Modified
  35. Article 33 Excepciones a la obligación de notificar participaciones significativas Modified
  36. Article 34 Contenido de la notificación de las participaciones significativas Modified
  37. Article 35 Plazos para la notificación de participaciones significativas Modified
  38. Article 36 Operaciones realizadas en un mismo día y cruces de umbrales durante el período de notificación Modified
  39. Article 37 Incorporación de la información sobre participaciones significativas a los registros públicos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores Modified
  40. Article 38 Publicación de participaciones significativas y obligaciones del emisor Modified
  41. Article 39 Habilitación para la aprobación de los modelos de comunicación de participaciones significativas Modified
  42. Article 40 Obligación de comunicar y sujeto obligado a comunicar acciones propias Modified
  43. Article 41 Contenido de la comunicación de acciones propias Modified
  44. Article 42 Incorporación de la información sobre acciones propias a los registros públicos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores Modified
  45. Article 43 Habilitación para el desarrollo de los modelos sobre información de acciones propias Modified
  46. Article 44 Obligaciones de los emisores con domicilio social en un Estado no miembro de la Unión Europea para los que España sea Estado miembro de origen Modified
  47. Article 45 Modified
  48. Article 46 Requerimientos de información para los emisores de acciones y de valores de deuda admitidas a negociación en terceros países Modified
  49. Article 47 Comunicación de sistemas retributivos de administradores y directivos Modified
  50. Provision adicional primera Plazo para la comunicación de las transacciones de los administradores y directivos Modified
  51. Provision adicional segunda Régimen especial de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales Modified
  52. Provision transitoria única Adaptación de la información sobre participaciones significativas Modified
  53. Provision derogatoria única Derogación normativa Modified
  54. Provision final primera Título competencial Modified
  55. Provision final segunda Incorporación de Derecho de la Unión Europea Modified
  56. Provision final tercera Entrada en vigor Modified