Real Decreto 1335/2011

Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Preamble Preámbulo

Article 1Objeto

Article 2Ámbito de aplicación

Article 3Definiciones

Article 4Solicitantes

Article 5Forma y presentación de la solicitud

Article 6Documentación aneja a la solicitud

Article 7Estudio justificativo de la solicitud

Article 8Comprobación y publicidad de las solicitudes

Article 9Publicidad de la solicitud

Article 10Plazo para la presentación de las declaraciones de oposición

Article 11Causas de oposición

Article 12Petición de informes

Article 13Resolución del procedimiento de oposición

Article 14Plazo máximo de duración del procedimiento de oposición

Article 15Transmisión de las solicitudes a la Comisión Europea

Article 16Oposición a solicitudes presentadas por agrupaciones de otros Estados miembros o de terceros países

Article 17Protección nacional transitoria

Article 18Mesa de coordinación de la calidad diferenciada

Provision adicional primeraPublicidad de las denominaciones preexistentes

Provision adicional segundaTérminos tradicionales

Provision transitoria únicaTramitación de solicitudes anteriores

Provision derogatoria únicaDerogación normativa

Provision final primeraTítulo competencial

Provision final segundaFacultad de desarrollo y aplicación

Provision final terceraEntrada en vigor