Real Decreto 1192/2012

Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.

Preamble Preámbulo

Article 1Objeto

Article 2De la condición de asegurado

Article 3De la condición de beneficiario de una persona asegurada

Article 4Reconocimiento de la condición de asegurado o de beneficiario

Article 5Reconocimiento de oficio de la condición de asegurado o de beneficiario

Article 6Reconocimiento de la condición de asegurado o de beneficiario previa solicitud del interesado

Article 7De la extinción de la condición de asegurado o de beneficiario

Article 8Comunicación y control de las circunstancias modificativas o extintivas de la condición de asegurado o de beneficiario

Article 9Protección de datos de carácter personal y cesión de datos

Provision adicional primera

Provision adicional segundaAsistencia sanitaria en aplicación de reglamentos comunitarios y convenios internacionales

Provision adicional terceraConvenio especial de prestación de asistencia sanitaria

Provision adicional cuartaPrestación de asistencia sanitaria para solicitantes de protección internacional

Provision adicional quintaPrestación de asistencia sanitaria para víctimas de trata de seres humanos en periodo de restablecimiento y reflexión

Provision adicional sextaAsistencia sanitaria a las personas con discapacidad

Provision adicional séptimaRegímenes especiales de funcionarios

Provision adicional octavaAsistencia sanitaria pública en supuestos especiales

Provision adicional novenaIdentificación personal y gestión de datos clínicos de las personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud

Provision adicional décimaPersonal de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra

Provision transitoria únicaRégimen transitorio de acceso a la asistencia sanitaria en España

Provision derogatoria únicaDerogación normativa

Provision final primeraTítulo competencial

Provision final segunda

Provision final terceraFacultades de desarrollo y aplicación

Provision final cuartaEntrada en vigor