Real Decreto 810/2026, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera.
Article 4Entidades beneficiarias y actuaciones financiables
1. Las entidades que podrán ser beneficiarias de estas subvenciones son:
a) Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE), para gastos de formación, asesoramiento y apoyo a las Comunidades de Regantes de España.
b) Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE), para la celebración del XVI Congreso Nacional de Comunidades de Regantes.
c) Red Estatal de Desarrollo Rural, para acciones de promoción del desarrollo rural integral y sostenible.
d) Red Española de Desarrollo Rural, para acciones de promoción del desarrollo rural integral y sostenible.
e) Red de Espacios Test Agrarios, para acciones de difusión y promoción de los Espacios Test Agrarios para el relevo generacional en el sector agrario.
f) Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria, para la dinamización del ecosistema de innovación agroalimentaria.
g) Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria, para el
Sandbox Agrifoodtech .
h) Asociación de la Industria Digital, AMETIC, para la iniciativa
Spain AgriFoodTech Nation .
i) Fundación CAJAMAR, para la celebración del Foro Tecnológico Iberoamérica España de agritecnología digital y riego inteligente.
j) Fundación Dieta Mediterránea, para poner de relieve las características de la «dieta mediterránea» y los productos que la componen.
k) Real Academia de Gastronomía (RAG), para acciones de implantación del Plan Internacional de la Gastronomía Española.
l) Confederación Empresarial de Hostelería de España, para acciones de implantación del Plan Internacional de la Gastronomía Española.
m) Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas (FMRE), para acciones de implantación del Plan Internacional de la Gastronomía Española.
n) Fundación para la Cultura del Vino, para acciones de implantación del Plan Internacional de la Gastronomía Española.
ñ) Universidad de Barcelona, para acciones de implantación del Plan Internacional de la Gastronomía Española.
o) Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB), para la ejecución de actuaciones de fomento, innovación y fortalecimiento del sector industrial agroalimentario.
p) Cooperativas Agroalimentarias de España, U. de Coop., para el desarrollo de diversas actividades de mejora de la competitividad y modernización de las cooperativas agroalimentarias y la formación, igualdad de género y relevo generacional en los consejos rectores.
q) Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), a través del Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos (IREC), para la realización de actividades de asesoramiento científico en materia de especies cinegéticas con interés poblacional.
r) Fundación Artemisan, para la realización de actividades de apoyo técnico y científico en materia de seguimiento de aves cinegéticas en situación poblacional insegura.
s) Sociedad mercantil estatal EXPASA Agricultura y Ganadería, SA, SME, para el desarrollo de sus actividades.
t) Sociedad mercantil estatal EXPASA Agricultura y Ganadería, SA, SME, para el Programa de apoyo a eventos de especial interés para la difusión del legado histórico de Hierro del Bocado «Cinco siglos de la estirpe cartujana».
u) Fundación AZTI, para el desarrollo de actividades de investigación en áreas relacionadas con la alimentación, la pesca y la oceanografía.
v) Extinta Confederación Nacional de Cámaras Agrarias, para garantizar la realización de las operaciones de liquidación de los derechos y obligaciones patrimoniales de la Confederación Nacional de Cámaras Agrarias.
w) Centro de Estudios e Investigación para la Gestión de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM) de la Universidad Politécnica de Madrid, para atender gastos que aseguren y den continuidad a su funcionamiento con el objetivo de desarrollar su actividad investigadora, de formación y divulgación en materia de riesgos agrarios y medioambientales.
x) Cooperativas Agroalimentarias de España, U. de Coop., para la realización de actividades de fomento y de apoyo a los seguros agrarios.
2. Dichas entidades deberán cumplir, además de los requisitos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los específicos contenidos en los anexos respectivos. Asimismo, deberán informar a la autoridad concedente sobre el importe de otras subvenciones que sean otorgadas por otras administraciones con los mismos fines.
3. Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención proveniente de administraciones locales, regionales, nacionales, supranacionales o internacionales. En todo caso, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
4. En todo caso, si hubiera ayudas financiadas con fondos europeos, éstas se regirán por su propia normativa, a los efectos de lo que en ella se determine respecto a la compatibilidad de ayudas.