Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.
Article 46
In force · version of Dec 3, 2025
Artículo 46. Devengo.
1. La tasa sobre rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias se devengará con carácter general por la autorización y, en su defecto, por la organización o celebración del juego.
2. En las apuestas, la tasa se devengará cuando se celebren u organicen.