Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
Article 83Principios generales
Las partes son conscientes de la importancia que el uso generalizado de las nuevas tecnologías y su conocimiento tienen en el ámbito laboral y de la problemática que puede derivarse de una incorrecta utilización de las mismas y acuerdan regular esta materia bajo los siguientes principios de actuación:
1. El grupo de empresas de Acciona Energía podrá controlar el uso de las herramientas informáticas y medios técnicos que pone a disposición de las personas trabajadoras, respetando sus derechos fundamentales, especialmente el derecho al secreto de las comunicaciones y de la intimidad y dignidad de las personas trabajadoras.
2. Las medidas adoptadas para el control por el empresario del uso de sistemas informáticos serán proporcionadas al riesgo existente.