Instrumento de adhesión al Convenio Internacional de Hong Kong para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques, 2009, hecho en Hong Kong el quince de mayo de dos mil nueve.
Article 6Autorización de las instalaciones de reciclaje de buques
Cada Parte se cerciorará de que las instalaciones de reciclaje de buques que operen bajo su jurisdicción y que reciclen buques a los que se aplique el presente Convenio, o buques que reciban un trato similar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.4 del presente Convenio, están autorizadas de conformidad con las reglas del anexo.