Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ediservicios Madrid 2000, SL.
Article 32Retribuciones
Las retribuciones del personal comprendido en este convenio estarán constituidas por el salario base y los complementos del mismo, y corresponden a la jornada normal fijada en el presente convenio. No formarán parte del salario, en su caso, las indemnizaciones o compensaciones de carácter no salarial.