Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Mahou, SA.
Article 28Préstamos y anticipos especiales
Préstamos: A efectos de facilitar la adquisición de vivienda para residencia habitual y permanente, así como para resolver aquellas situaciones de imperiosa e ineludible necesidad familiar, el personal de plantilla podrá solicitar préstamos que, debidamente justificados y documentados, serán tramitados en el Departamento de Personas y Organización. A este fin, se constituye un fondo de 600.000 euros (25.598,24 euros por solicitud, como máximo), debiendo regularizarse paulatinamente las desviaciones actuales. El solicitante deberá haber prestado servicios en la compañía, como mínimo, un año continuado para su solicitud. Para los años 2024 a 2028, se incrementará ésta cantidad con la subida de convenio. Las solicitudes serán estudiadas por una Comisión, que estará integrada por la Dirección de Personas y Organización y el Comité de Empresa. Dicha comisión se reunirá periódicamente, para estudiar las solicitudes planteadas y determinar la concesión o no de las mismas. El plazo máximo de amortización de las cantidades concedidas será de 60 meses, dándosele el tratamiento fiscal de renta en especie. Anticipos especiales: Se establece anticipos especiales hasta el límite de 5.119,66 euros y sin devengo de intereses para cubrir necesidades de carácter perentorio. Las solicitudes serán estudiadas por una Comisión, que estará integrada por la Dirección de Personas y Organización y un representante miembro del Comité Intercentros. En el caso de concesión del anticipo, el plazo de amortización se establece en uno o dos años y se realizará mensualmente. En el caso en que se solicitará su devolución en 2 años, tendrá el tratamiento fiscal de renta en especie. A este fin, se constituye un fondo de 110.000 euros. Para los 2024 a 2028 se incrementará con la subida de convenio.