Resolución de 10 de abril de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundació de Música Ferrer-Salat, para el desarrollo en 2024 de la II edición del programa de «Becas JONDE y Ferrer-Salat».
Annex UNICO
Becas JONDE y Ferrer-Salat Bases de la II Edición Becas JONDE y Ferrer-Salat Año 2024 La Fundació de Música Ferrer-Salat considera la educación musical un elemento fundamental en la formación integral de las personas y, como tal, piedra angular del progreso social. De su sólido compromiso con la búsqueda de la excelencia musical y artística y con impulsar y acompañar a futuras promesas de la música, resulta la colaboración con la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE), perteneciente al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), la cual tiene el propósito de formar al más alto nivel a músicos españoles en la etapa previa a su incorporación al ámbito profesional. Como parte de esta colaboración, se convoca la II Edición de las Becas JONDE y Ferrer-Salat, con carácter anual, con el objetivo de proporcionar el apoyo económico necesario a las y los jóvenes músicos integrantes de la Bolsa de Instrumentistas de la Joven Orquesta Nacional de España, para que puedan dedicarse plenamente a su desarrollo artístico, ampliar sus estudios musicales o desarrollar proyectos individuales relevantes para su carrera musical. Contenido de las bases:
1. En esta segunda edición se concederán treinta (30) becas por un importe de ocho mil euros (8.000,00 euros) brutos cada una.
2. Para ser beneficiario/a de las becas se requerirán los siguientes requisitos:
– Tener la nacionalidad española o en el caso contrario disponer de permiso de residencia en España en el momento de realizar la inscripción a la beca. – Ser miembro de la Bolsa de Instrumentistas de la JONDE, que esté en vigor en el año de la convocatoria de becas correspondiente. – Haber participado por lo menos en tres Encuentros de la JONDE.
3. Asimismo, para optar a la beca, los/as aspirantes deberán presentar un proyecto o propuesta formativa en la que se detalle el destino del importe de la beca, así como la relevancia de su obtención para la consecución del proyecto presentado, pudiendo tratarse tanto de un proyecto a futuro como de un proyecto en curso.
4. Para la selección de los/as beneficiarios/as de las Becas JONDE y Ferrer-Salat, la JONDE designará una Comisión de Selección que estará formada por al menos tres miembros, entre los que deberán figurar el/la director/a artístico/a de la JONDE, o persona en quien delegue, el/la director/a artístico/a de la Fundació de Música Ferrer-Salat, quien ejercerá como presidente/a de dicha Comisión, o persona en quien delegue, y al menos un miembro del equipo técnico de la JONDE, a propuesta de la Dirección Artística de la misma. Igualmente, tanto a propuesta de la Fundació de Música Ferrer-Salat como de la JONDE, podrán ser invitadas a formar parte de la Comisión de Selección personalidades musicales de reconocido prestigio.
5. Los/as adjudicatarios/as de las becas serán seleccionados/as de forma cualitativa tras una valoración global de los siguientes criterios específicos que valorará la Comisión de Selección:
– El cumplimiento de los requisitos señalados en el punto 2 de esta convocatoria. – La posición en la Bolsa de Instrumentistas de la JONDE. – El compromiso demostrado con la JONDE, medido éste tanto en el número de los Encuentros a los que el músico haya acudido tras ser convocado, como en su desempeño profesional y artístico, y su actitud personal a lo largo de los mismos. – El interés y relevancia del proyecto presentado. – El expediente académico de los estudios musicales.
6. La beca otorgada al/a la beneficiario/a tiene un marcado y esencial carácter «intuitu personae
» , es decir, en atención a la persona beneficiaria no pudiendo, en ningún caso, cederse o destinarse su importe en beneficio de terceros, debiendo ser destinado el importe entregado, única y exclusivamente, a sufragar los gastos derivados del proyecto presentado y aprobado.
7. Los/as beneficiarios/as de las becas deberán justificar el destino y aplicación al desarrollo del proyecto del importe que pudieran recibir como adjudicatarios/as de la beca y presentar la documentación acreditativa pertinente. Dicho importe deberá ser reintegrado por el/la beneficiario/a a la Fundació en el caso de que éste/a no justifique debidamente el destino último del mismo. El plazo para efectuar dicha devolución a la Fundació será de un mes natural desde que la Fundació le requiera a tal efecto.
8. De igual modo se requerirá al/a la beneficiario/a la devolución del importe de la beca de no cumplir por cualquier motivo o causa no justificada con el compromiso establecido con la JONDE. El plazo para efectuar dicha devolución a la Fundació por parte del beneficiario será de un mes natural desde que la Fundació le requiera a tal efecto.
9. Obligaciones y compromisos de los/las becados/as:
– No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda para el mismo período sin el conocimiento y autorización expresa de la Fundació de Música Ferrer-Salat y de la JONDE. Si así fuera el/la beneficiario/a deberá informar a la Fundació en el tiempo y forma requeridos de dicha situación para obtener la autorización pertinente. – Hacer constar en su currículum la obtención de esta beca, bajo el título Becado JONDE y Ferrer-Salat. Igualmente, la Fundació de Música Ferrer-Salat hará entrega de una Carta Credencial al/a la becado/a que firmarán el/la Director/a artístico/a de la JONDE y el/la Presidente/a de la Fundació de Música Ferrer-Salat. – Firmar el documento de conformidad con la aceptación de los términos de la convocatoria y de las obligaciones adquiridas como becario/a. – Justificar debidamente en tiempo y forma el destino y aplicación del importe de la beca, atendiendo a los criterios de justificación que la Fundació requiera de los/as becados/as. – Reintegrar el importe total de la beca concedida, si se dieran alguna de las situaciones que obligaran a ello (según descritas en los puntos 7 y 8). El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones podrá suponer la inmediata rescisión de la beca. En este caso, la Fundació de Música Ferrer-Salat y la JONDE podrán proceder a asignar la beca, en el período restante, a otro/a candidato/a que se considerase merecedor/a, de acuerdo con los principios que inspiran esta colaboración.
10. Para inscribirse a las becas, los/las candidatos/as deberán presentar la siguiente documentación:
– Formulario de inscripción que encontrarán en las páginas web de la Fundació de Música Ferrer-Salat y de la JONDE. – Documento acreditativo de identidad (DNI, NIF o pasaporte), copia por ambas caras. – Descripción del proyecto y/o la propuesta formativa escogida (Punto 3). – Currículum vitae (según viene detallado en el Formulario de inscripción). – Expediente académico actualizado de los estudios musicales realizados. Toda la documentación deberá enviarse a las siguientes direcciones de correo electrónico: [email protected] y [email protected] Las solicitudes remitidas fuera de plazo o incompletas en la cumplimentación de datos o documentación requerida, así como las remitidas a través de canales no contemplados en estas bases, quedarán excluidas de la convocatoria.
11. El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria.
12. El veredicto de la Comisión de Selección y la asignación de las becas JONDE y Ferrer-Salat se hará efectivo en el plazo máximo de dos meses desde el cierre del plazo de presentación de las solicitudes. Los resultados se anunciarán a través de los canales de comunicación de la Fundació de Música Ferrer-Salat y de la JONDE (página web y Redes Sociales). Asimismo los/as beneficiarios/as recibirán una notificación oficial por correo electrónico por parte conjunta de la Fundació y JONDE. El fallo de la Comisión de Selección será inapelable.
13. La Beca se considerará adjudicada cuando el/la ganador/a la haya aceptado por escrito mediante correo electrónico dirigido a: [email protected] y [email protected] y en el plazo de 5 días naturales a partir de la fecha del anuncio del veredicto de la Comisión de Selección. Si no se hace así, se entenderá que se renuncia a la beca. En este caso, la Fundació de Música Ferrer-Salat y la JONDE asignarían la beca a otro/a candidato/a que se considerase merecedor/a, de acuerdo con los principios que inspiran esta colaboración.
14. La participación en esta convocatoria supone la aceptación de los términos de estas Bases de la II Edición Becas JONDE y Ferrer-Salat.
Contacto: Para cualquier duda o consulta, contactar con: – Departamento Académico - Joven Orquesta Nacional de España: [email protected]. – Fundació de Música Ferrer-Salat: [email protected]. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid