Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo franja para el colectivo de tracción de Captrain España, SAU.
Article 1Ámbitos de aplicación
1.1 Ámbito personal, funcional y territorial.
El presente Convenio colectivo de franja, regulará las relaciones laborales entre la Captrain España, SAU, en adelante la Empresa y el personal perteneciente al colectivo de tracción que ostente alguna de las categorías relacionadas en el artículo 6.1.2 Ámbito temporal.
1.2.1 El presente Convenio colectivo de franja, iniciará su vigencia el día 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026. Tendrá vigencia de tres años y se entenderá prorrogado anualmente, si no se formula denuncia expresa por alguna de partes, con una antelación mínima de un mes a la finalización de la vigencia pactada o de cualquiera de sus prórrogas.
1.2.2 Se establece como periodo máximo de inicio de las negociaciones treinta días desde su denuncia. Denunciado el Convenio colectivo de franja, para facilitar el proceso de negociación, si una de las partes así lo solicitara, previo consentimiento de la otra parte, se ampliará la vigencia del contenido normativo durante un plazo máximo de dieciocho meses, y ello sin perjuicio de cualquier medida legislativa que pueda incrementar ese plazo.