Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
Article 4Garantías personales
Aquellos trabajadores que tuvieran condiciones de trabajo superiores a las establecidas en el presente convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual, las mantendrán a título individual y a extinguir. Serán nulas las cláusulas de los contratos individuales que contengan condiciones inferiores a las del presente convenio.
Organización del trabajo