Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
Article 6Organigrama y plantillas
La Empresa entregará a los Representantes Sindicales Estatales del Grupo Enagás, antes del 31 de enero de cada año una plantilla de todos los puestos de trabajo del Grupo Enagás, cualquiera que sea el carácter de los mismos (fijos, temporales, etc.), por grupos profesionales y referida al 31 de diciembre del año anterior. Semestralmente se informará a la Comisión de Seguimiento y Control del Convenio del Grupo Enagás sobre el grado de cobertura de dicha plantilla y sobre los puestos vacantes a cubrir por el sistema previsto en el convenio y se le entregará la relación de puestos de trabajo del organigrama con indicación de los nombres de sus ocupantes. Asimismo, la Dirección entregará semestralmente a la Comisión Paritaria de Seguimiento y Control del Convenio del Grupo Enagás los organigramas completos y actualizados de todos y cada uno de los puestos de trabajo del Grupo Enagás, cualquiera que sea el carácter de los mismos. Se indicará el nombre de los ocupantes y el carácter de los puestos (fijo, temporal, etc.). Las variaciones se comunicarán a la mayor brevedad posible informando de las causas.